En primer lugar, debemos asegurarnos de que las referencias contables o productos de los cuales indicaremos el IVA no tengan un porcentaje asignado fijo. Por tanto, deben estar seteados como "Sin especificar".
Habiendo terminado con esta tarea estamos en condiciones de registrar la factura. El funcionamiento es el habitual. Sólo habrá una leve diferencia en la sección IVA de la carga del ítem, como podemos ver en la siguiente imagen:
Esperamos que les sea de utilidad.
Cordialmente.
Soporte
Grupo ESI
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